No se modificaron las franquicias: se puede entrar hasta 300 dólares en
objetos y otros 300 más en compras del free shop. La ropa para uso personal,
exceptuada
Buenos Aires, Argentina, 23 de septiembre del 2012.- Las resoluciones de la AFIP para comprar dólares
y hasta para usar la tarjeta de crédito, seguramente marearon a más de un
viajero, pero en la política aduanera, aunque se habló mucho, no hubo
modificaciones con respecto a las franquicias permitidas para traer productos
del exterior. Todo sigue igual.
Los que ingresan por vía
aérea o marítima pueden traer objetos por un valor de hasta 300 dólares y
también ropa, cosas de uso personal, libros y folletos.
Además se puede comprar
en free shops por un valor de 300 dólares. Entonces, por ejemplo, se puede
entrar una cámara de fotos de hasta 300 dólares y perfumes del Free Shop por
ese mismo importe sin inconvenientes. Para los menores de 16 años, estas
franquicias se reducen a la mitad.
Si se regresa por vía
fluvial o terrestre la franquicia es de 150 dólares y para los menores de 16
años, de 75 dólares. Además se puede comprar en Free Shops por un valor que no
supere los 300 dólares.
Para ambas vías, siempre
y cuando no sea mercadería para comercializar, si supera esa cantidad de dinero
permitida se deberá pagar un tributo único que es igual al 50% del monto
excedente.
Por ejemplo: si regresa
de un viaje en avión y realizó compras en el exterior por US$ 400, paga el 50%
de los US$ 100 que excedió, es decir US$ 50. Conviene conservar las facturas de
compra. Generalmente por lo que se piden facturas es por tecnología. La ropa
para uso personal se puede entrar sin problemas.
El tributo se puede pagar
mediante depósito bancario, con tarjetas de crédito o débito.
Las franquicias del
equipaje son individuales y no pueden acumularse para ser utilizadas en otros
viajes ni tampoco con las franquicias adicionales de compras en Free Shops. Lo
que sí se puede hacer es juntar la franquicia que le corresponde a un mismo
grupo familiar (cónyuges e hijos menores de 16 años) para comprar un objeto que
sea más costoso.
Si trae dinero y es mayor
de 16 años debe declarar en un formulario de aduanas (OM-2249-A) el ingreso a
partir de 10.000 dólares o su equivalente en cualquier moneda.
Otro dato que debe tener
en cuenta es que si lleva una cámara fotográfica, filmadora, computadora
portátil o cualquier otro elemento importado, antes de su salida al exterior
debe declararlos ante la Aduana completando un formulario (OM 121). Al regresar
debe presentar ese mismo formulario para que no le exijan el pago de
impuestos..
Fuente: La Nación