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miércoles, 7 de noviembre de 2012

Ratifica Aduanas Dominicana puede decomisar dinero sin declarar



Santo Domingo, República Dominicana, 6 de noviembre del 2012.- El Tribunal Constitucional reconoció facultad a la Dirección General de Aduanas para realizar decomisos de divisas que se pretendan ingresar o sacar del país violentando la normativa aduanera, la cual exige declarar los valores cuando el monto excede los 10,000 dólares.

El TC fijó ese criterio en la sentencia 056, mediante la cual rechazó un recurso de revisión de amparo presentado por los señores Juan Carlos Genao Dorrejo y Guillermo Martínez Gil, contra la Dirección General de Aduanas.
Estos señores alegaron que se le había violado el derecho de propiedad, porque no le devolvieron la suma de 250,000 dólares que le ocuparon cuando trataron de salir del territorio nacional, sin haberlos declarado, de los cuales 100,000 correspondían a Martínez Gil y los restantes 150,000 a Genao Dorrejo. 
Los jueces del TC confirmaron en todas sus partes la sentencia número 160-2011, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el 27 de 2011, que rechazó una acción de amparo sometida por Genao Dorrejo y Martínez Gil, que luego fue recurrida en revisión ante el TC.
Los magistrados del constitucional constataron que no hubo vulneración o conculcación del derecho de propiedad, debido a que los accionantes tenían el pleno goce de sus más absolutas prerrogativas e hicieron uso de las mismas, plasmando un acuerdo con la autoridad aduanal. 
Los reclamantes habían llegado a un acuerdo con las autoridades, en base al cual un tribunal los descargó de responsabilidad penal, según consta en la decisión del TC.
Señala que el tribunal penal ordenó la libertad de los imputados, el cese de las medidas de coerción y la restitución de los objetos secuestrados que no estén sujetos a decomiso o destrucción. 
La sentencia del TC dice que las divisas encontradas en poder de Genao Dorrejo y Martínez Gil fueron sometidas al proceso de decomiso que establece la Ley No. 3489, sobre Régimen de Aduanas, y que los recurrentes en revisión se acogieron al referido acuerdo
Fuente: Listin Diario
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