El candado del comercio
Aldo Caliari
Red del Tercer Mundo
Con una crisis no
convencional como la del 2008-2009, lo que se produjo inevitablemente fue la
obligación de explorar respuestas y herramientas precisamente no
convencionales. Las mismas a las que el paradigma autorregulatorio en boga
antes de la crisis les bajaba el pulgar sin contemplaciones.
En el marco de los
esfuerzos para introducir reformas financieras efectivas, un notable problema
que está ganando visibilidad es la posibilidad de que medidas necesarias para
evitar crisis o paliarla, y que se han introducido o puedan introducirse en el
futuro, son cuestionadas como violaciones a las obligaciones que los gobiernos
tomaron en el marco del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (ACGS)
de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Sin embargo, ésta no es
una preocupación nueva para los observadores de tal foro. Ya en el 2003, el
Grupo de Trabajo Internacional sobre Nexos Comercio-Finanzas, que agrupa a
organizaciones y redes que inciden en todo el mundo, demandó en una carta a
miembros de la OMC que los impactos actuales y potenciales de las reglas que
tratan sobre liberalización de servicios financieros -en la creciente inestabilidad
de los flujos financieros- fueran evaluadas a fin de proponer reformas y
reversiones en las mismas. A pesar de que fueron repetidas en años siguientes,
tales preocupaciones continuaron siendo relegadas.
La agenda de la crisis
Esto cambió, sin embargo,
con la erupción de la crisis financiera global del 2008. La necesidad en que se
han visto gobiernos de todo el mundo de recurrir a políticas alternativas para
superar las falencias del modelo que predominaba ha convertido lo que era una
preocupación de expertos de academia y ONG en una cuestión que merece seria
consideración entre funcionarios gubernamentales y organizaciones
internacionales.
Un nuevo consenso está
emergiendo, dentro del cual políticas que antes de la crisis se desalentaban
ahora son consideradas legitimas y necesarias herramientas que los gobiernos
deben tener disponibles para prevenir y enfrentar las crisis. Pero es aquí que
las normas del ACGS, negociadas y adoptadas en un tiempo en que el paradigma
predominante desalentaba la regulación, se ha revelado como una construcción
obsoleta.
Varias de aquellas
medidas podrían entrar en conflicto con obligaciones asumidas en relación al
comercio de servicios. Entre éstas:
* Controles de capitales:
las restricciones a la libre transferencia de capitales que entran o salen de
una jurisdicción.
* Regulaciones
macroprudenciales contraciclicas: medidas tales como límites a la ratio de
préstamos respecto al valor de los activos o tasas e impuestos dirigidos a
desincentivar operaciones con alto apalancamiento o fondeadas con flujos de
alta volatilidad.
* Restricciones al tamaño
o la complejidad de las instituciones bancarias: por ejemplo, la prohibición de
que entidades que toman depósitos –apoyadas con garantías del Estado– al mismo
tiempo lleven a cabo transacciones especulativas, o medidas para limitar la
concentración de los activos en unas pocas entidades financieras o
concentración de las exposiciones de una firma a unas pocas entidades
financieras.
* Regulaciones de
capitalización mínima para entidades establecidas en el país: medidas
estableciendo capitalizaciones mínimas para subsidiarias de entidades
extranjeras operando en el país, como manera de evitar que frente a un colapso
generalizado de la firma acreedores y depositarios del país anfitrión se den
con un vaciamiento de los capitales de la misma que prioriza, de facto, a los
de la compañía “madre”.
Políticas desregulatorias
En el 2009, el informe de
la Comisión de Expertos sobre Reforma Monetaria y Financiera en las Naciones
Unidas, liderada por el economista Joseph Stiglitz, reforzó esta preocupación:
“Muchos tratados bilaterales y multilaterales de comercio contienen compromisos
que circunscriben la capacidad de los países para responder a la crisis actual
con reformas regulatorias, estructurales y macroeconómicas apropiada y pueden
haberlos expuestos innecesariamente al contagio de fallas en otras partes del
sistema económico global… A los paises en desarrollo se les han impuesto no
solo políticas desregulatorias como las que ahora se reconoce jugaron un papel
en desatar la crisis, sino que también sufrieron restricciones a su capacidad
para gerenciar su cuenta de capitales y sistemas financieros”.
Es por eso que desde que
se desató la crisis varios países en desarrollo han hecho intentos en la OMC
para abrir un debate que reexamine los compromisos asumidos en el AGCS.
Ecuador, Argentina, Barbados, India y China están entre los más activos.
Desafortunadamente, tales
intentos se han topado con la negativa de los países más desarrollados.
Paradójicamente, los países fuente de la crisis (Estados Unidos y los de la
Unión Europea) y quienes, uno diría, tienen una mayor responsabilidad para
remediar los efectos que la misma sigue ocasionando en países mas pobres o
evitar una reproducción de la misma han sido los más reticentes a abrir tal
debate.
Ecuador a la ofensiva
En diciembre pasado, un
pedido de Ecuador apoyado, entre otros, por Sudáfrica, Brasil y China, para que
se trate este tema en la Conferencia Ministerial de la OMC fue finalmente
desestimado. El entonces presidente del Consejo General de la OMC resolvió, sin
embargo, que tal discusión podría tener lugar en el Comité sobre Comercio de
Servicios Financieros.
En seguimiento a tal
resolución es que Ecuador ahora está haciendo una propuesta para que se traten
en aquel comité, en la primera semana de octubre, “los avances propuestos a
nivel internacional en materia de regulación macroprudencial y su relación con
la normativa del AGCS”.
Esta propuesta es mucho
más moderada que la del año pasado. Cuidadosamente evita solicitar que se
discuta adoptar una interpretación jurídica de las normas del ACGS que aclare
las dudas que a la fecha existen respecto al espacio con que los países
miembros cuentan, dentro de tal normativa, para proteger la estabilidad
financiera. Esto se ha hecho para acomodar las objeciones que Europa y Estados
Unidos formularan en aquella oportunidad pero, a pesar de ello, no parece ser
suficiente y se reporta que Estados Unidos y Europa continúan oponiéndose al
tratamiento de este tema, incluso dentro del mencionado Comité e incluso con
los recortes que se han efectuado a la propuesta original.
Esta incapacidad
intrínseca para adaptarse a los nuevos tiempos y las nuevas lecciones aprendidas
duramente por la economía mundial hacen pensar en el ACGS como una especia de
dinosaurio jurídico. La diferencia es que este dinosaurio, más parecido a
aquellos de la película Parque Jurásico, puede infligir tremendo daño en el
presente.
Es extremadamente
importante que una propuesta tan razonable como la que está haciendo Ecuador
sea apoyada por los países de América Latina. Mientras la situación de la
economía mundial continúe siendo precaria, ningún gobierno debería tener que
temer una demanda en la OMC por el simple hecho de implementar legítimas
respuestas a las crisis y colapsos financieros.
* Director del Rethinking
Bretton Woods Project, Center of Concern, Washington DC, creado en 1995 para
promover las reformas de las instituciones financieras internacionales.
http://agendaglobal.redtercermundo.org.uy/2012/09/21/la-omc-como-camisa-de-fuerza-el-candado-del-comercio/
Fuente: Rebelión