Buenos Aires, Argentina, 2 de noviembre del 2012.- Ayer las había inhibido para vender al exterior.
La medida generó preocupación en toda la región.
La Administración
Nacional de Aduanas (ANA) dio marcha atrás con la sanción que recaía sobre las
exportadoras frutícolas frente al reclamo de la devolución parcial de los
reintegros y reembolsos cobrados por esas firmas entre el 2003 y el 2007.
Si bien durante todo el
día de ayer existieron informaciones cruzadas que no terminaban de definir si
se mantenía o no la sanción a las exportadoras, por la tarde el tema quedó
dilucidado: la ANA de San Antonio habría omitido los descargos judiciales de
algunas empresas que habían sido presentados en Buenos Aires y de esta manera
tuvo que anular las resoluciones que sancionaban a una parte importante de las
firmas de la región.
Este diario intentó
comunicarse en varias oportunidades, desde primera hora de la mañana de ayer,
con las autoridades de la ANA de San Antonio pero nunca devolvieron los
llamados.
De forma extraoficial se
supo que en las próximas 24 horas a la totalidad de las empresas que habían
sido sancionadas se les iba a levantar la prohibición de exportar. Es
importante resaltar también que, según fuentes oficiales, no existe fallo
judicial alguno en contra de las empresas tal como se había publicado
oportunamente en este medio. La sanción salió ayer de las oficinas de la ANA
pero sin ningún respaldo de la Justicia en relación con los juicios pendientes
en los estrados por este tema. Según fuentes del sector privado, la demanda de
la ANA contra las frutícolas se ubicaría entre los 3 y los 4 millones de
dólares entre todas las empresas alcanzadas.
El problema se origina
cuando se establecen las retenciones del 10% para la temporada 2003. Para la
fruticultura, el "Sistema María" cobraba los beneficios (reintegros y
reembolsos) al sector privado con una base mayor que la que el Estado tomaba
para los derechos de exportación. Cuando el Estado advierte la equivocación, en
el 2006 con la resolución general 1 se introduce un coeficiente de ajuste
tendiente a corregir dicho error.
Ahora bien, en el 2007 la
Aduana hace un reclamo a las exportadoras por las liquidaciones anteriores a la
resolución general 1, hasta el 2003, pidiendo el reintegro de las sumas
liquidadas en demasía, según el nuevo criterio. O sea, intenta aplicar
retroactivamente una resolución y, además, sobre algo mal ejecutado por la
propia ANA (nadie puede alegar su propia torpeza).
En la actualidad, algunas
empresas están con amparos en la Justicia frente a esta demanda de la ANA y
existe una medida cautelar ratificada en Cámara a favor de una de estas firmas.
Fuente: Río Negro